SI CUMPLISTES 60 AÑOS TE PODES JUBILAR!!
Publicado por
@FRAN11
CUENTA REGRESIVA- MORATORIA PREVISIONAL
No te quedes con el NO!!! Siempre es bueno consultar ya que que hay variadas herramientas legales para poder obtener tu beneficio jubilatorio.
Los requisitos son los siguientes:
•Ser ciudadano argentino nativo, por opción o naturalizado, en éste último caso con una residencia legal mínima en el país de 10 años anteriores a la fecha de solicitud del beneficio; o ser ciudadano extranjero, con residencia legal mínima acreditada en el país de 20 años, de los cuales 10 deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud del beneficio.
•No ser beneficiario de jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo.
•No encontrarse percibiendo la Prestación por Desempleo.
•En el caso que el titular perciba una única prestación podrá optar por percibir el beneficio que se establece en la presente.
•Mantener residencia en el país.
También en el Título III de la ley se establece una prórroga para las moratorias que permiten regularizar aportes previsionales.
"La moratoria aplicable es la prevista en la ley 26.970, que vence el 23 de Julio del año 2019. Esta norma es aplicable solo para las mujeres y le permite regularizar desde los 18 años hasta diciembre de 2003, con los siguientes requisitos:
Ingresos brutos mensual: menor a $ 47.393
Patrimonio según DDJJ de Bs. Personales: menor a $ 2.274.864
Automóvil: valor menor a $ 853.074
Gastos y consumo con tarjeta de débito y crédito: menor a $ 739.330 anuales (promedio inferior a $ 61.600 mensuales)
Con esta moratoria podrán juntarse los 30 años aportes quienes no tenían ninguno. Pero hay una trampa, las mujeres que cumplan 60 años y no tengan ningún aporte no van a poder completar los 30 años (en su totalidad) por moratoria. Tendrán que tener algún aporte adicional, inscribirse en monotributo para tener los meses o años que le falta para entrar en la moratoria", por lo tanto las mujeres que tengan 59 o más años ya deben consultar a un especialista para hacer el cálculo del período que deben estar inscriipt as en el monotributo, así a los 60 años se jubilan inmediatamente, caso contrario perderán muchos años de jubilación.
No te quedes con el NO!!! Siempre es bueno consultar ya que que hay variadas herramientas legales para poder obtener tu beneficio jubilatorio.
Francisco Caronte
Contador Público
Tº 206 Fº 163
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