JUBILATE SIN APORTES


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Escrito por
@FRAN11

05/10/2019#N70634

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PRORROGA DE MORATORIA PARA JUBILARSE  y PRESTACION UNIVERSAL PARA PERSONAS DE 65 AÑOS

A través de la Res. 158/2019 la Anses prorroga hasta el 23 de Julio de 2022 la Moratoria para mujeres establecida en la ley 26970, por lo tanto las mujeres nacidas hasta el 23 de Julio de 2022 tendrán derecho a la misma

 

Por lo tanto seguirán conviviendo las 2 moratorias

1-La de carácter permanente que es la "prevista en la ley 24.476",  y permite regularizar deudas previsionales "a hombres y mujeres desde los 18 años hasta setiembre de 1993".
2-"La segunda moratoria  es la prevista en la ley 26.970. Esta norma se prorroga solo para las mujeres por tres años. "Le permite regularizar desde los 18 años hasta diciembre de 2003; pero hay una trampa,  las mujeres que cumplan 60 años y no tengan ningún aporte no van a poder completar los 30 años (en su totalidad) por moratoria. Tendrán que tener algún aporte adicional, o deberán inscribirse en monotributo para tener los  años que les falta para completar los 30 de aportes requeridos", por lo tanto las mujeres que tengan 57 años o más ya deben consultar a un especialista para hacer el cálculo del período que deben estar inscriipt as en el monotributo, caso contrario no podrán jubilarse.
 

Por otro lado sigue vigente la  Pensión Universal para personas mayores de 65 años, no contributiva, (tanto para hombres como para mujeres) que consiste en el pago de una prestación mensual equivalente al 80 por ciento de la jubilación mínima.
Los  requisitos para acceder a la misma, son los siguientes:
Ser ciudadano argentino nativo, por opción o naturalizado, en éste último caso con una residencia legal mínima en el país de 10 años anteriores a la fecha de solicitud del beneficio; o ser ciudadano extranjero, con residencia legal mínima acreditada en el país de 20 años, de los cuales 10 deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud del beneficio.
No ser beneficiario de jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo.
No encontrarse percibiendo la Prestación por Desempleo.
En el caso que el titular perciba una única prestación podrá optar por percibir el beneficio que se establece en la presente.
Mantener residencia en el país.

Pasar el análisis socioeconómico.

                                                                                    Francisco Caronte

                                                                                     Contador Público

                                                                                        Tº 206 Fº 163

 

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